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CASO No 2

 

De acuerdo al problema que presenta Nicolás se debe amparar en lo siguiente solicitando muy amablemente saber sus notas académicas bajo los derechos del aprendiz

 

Capitulo II Derechos del Aprendiz del SENA

Articulo 7 Item No 11

 

ARTÍCULO 7.

El derecho es la potestad que tiene el aprendiz de gozar de libertades y oportunidades sin exclusión por razones de género, raza, origen familiar, discapacidad, nacionalidad, lengua, religión, opinión política o filosófica. Principalmente todas las personas tienen derecho a la educación y al desarrollo de su personalidad, garantizando a su vez, su desarrollo armónico e integral.

 

11. Ser evaluado objetiva e integralmente, con base en los criterios de evaluación y la ruta de  aprendizaje. y a conocer, dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes, los resultados de las  evaluaciones, así como las diferentes novedades académicas, cuando estas ocurrieren, tales  como amonestación, sanción, suspensión o cancelación del registro de matrícula

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CASO No  4

 

SON MEDIDAS FORMATIVAS:

 

  • Llamado de atención verbal:

Cuando se trate de hechos que contraríen en menor grado el orden  académico o disciplinario, sin afectar los deberes, derechos y prohibiciones, o cuando sea necesario para prevenir la ocurrencia de hechos que vulneren esos deberes, derechos y prohibiciones, el  aprendiz podrá recibir un llamado de atención verbal por parte del (los) Instructor, el Coordinador  Académico, el(los) responsable(s) de Bienestar, o el Subdirector del Centro. Este llamado de atención verbal no constituye una sanción.

 

  • Plan de Mejoramiento académico:

Es una medida adoptada para definir acciones de formación, previo agotamiento de estrategias pedagógicas del instructor e iniciativas del aprendiz, el  Plan de Mejoramiento es un documento que consigna acciones concertadas entre el Aprendiz y el Instructor o el Coordinador Académico, que se formula durante la ejecución del programa  de formación para garantizar el logro de los resultados de aprendizaje, el cual deberá ejecutarse  dentro del término de un (1) mes contado a partir de la concertación del mismo con el Aprendiz. Cuando se le ha realizado un llamado de atención escrito o condicionamiento de matricula; el  Plan de Mejoramiento será firmado por el Aprendiz. El plan de mejoramiento deberá contemplar  nuevas actividades de aprendizaje, para el logro de los objetivos del proceso formativo; se deben identificar el o los resultados de aprendizaje que no han sido alcanzados y las evidencias  de aprendizaje que debe presentar el aprendiz para evaluar su logro.

Será responsabilidad del equipo de instructores o del Coordinador que haya designado el  Subdirector de Centro en el acto sancionatorio, participar en la definición de este plan de mejoramiento, evaluar el avance y el logro de los resultados de aprendizaje definidos en este plan.

 

  • Plan de mejoramiento disciplinario:

Es una medida adoptada para definir acciones de  carácter comportamental, actitudinal o social, para propiciar en el Aprendiz cambios en su  conducta, cuando se le ha impuesto sanción disciplinaria consistente en llamado de atención  escrito o condicionamiento de matricula; este plan debe ser firmado por el Aprendiz y deberá contemplar la falta cometida y las evidencias de cambio en el comportamiento que se esperan  en un período máximo de un (1) mes contado a partir de la concertación respectiva.  Será responsabilidad del Instructor o del Coordinador que haya designado el Subdirector de  Centro en el acto sancionatorio, participar en la definición de este plan de mejoramiento, evaluar  el avance y el logro de los resultados comportamentales definidos en este plan.

 

LAS SANCIONES QUE PUEDEN IMPONERSE POR FALTAS ACADÉMICAS O DISCIPLINARIAS SON:

 

  • Llamado de atención escrito: Medida sancionatoria que se impone a través de comunicación  escrita dirigida por el Coordinador Académico o de Formación del Centro al Aprendiz, con copia  a la hoja de vida, como resultado del procedimiento establecido en este Reglamento, por la falta  académica o disciplinaria cometida por un aprendiz. Los llamados de atención escrito implican  compromisos escritos por parte del aprendiz en el proceso de formación.

  • Condicionamiento de la matrícula: Acto académico sancionatorio que se impone al Aprendiz que incurra en una falta académica o disciplinaria, previo agotamiento del procedimiento establecido en este Reglamento  El condicionamiento de matrícula cesa cuando el Aprendiz cumple el plan de mejoramiento concertado y /o compromisos escritos.  Una vez quede en firme el condicionamiento de la matrícula, el Subdirector del Centro debe  generar la pérdida de estímulos e incentivos que esté recibiendo el aprendiz, si los tuviere. Esta  decisión será determinada en el acto académico que ordene el condicionamiento de matrícula. Cancelación de la matricula. Acto administrativo que se origina cuando persisten en el aprendiz  las causales que originaron el condicionamiento de matricula o por faltas catalogadas como  graves de acuerdo a la clasificación determinada en los artículos 25 y 26 del reglamento, en las  etapas lectiva y productiva. Implica que la persona sancionada pierde la condición de aprendiz  y no puede participar en procesos de ingreso a la institución por periodo entre 6 y 12 meses  cuando es de índole académico y entre 12 y 24 meses cuando es de índole disciplinaria, de  acuerdo a las recomendaciones del comité de evaluación y seguimiento.   Una vez en firme la sanción, debe entregar de manera inmediata el carné institucional y ponerse a paz y salvo por todo concepto

 

INCENTIVOS O ESTIMULOS  PARA LOS APRENDICES

 

Son beneficios y distinciones que se otorgan a los aprendices, como reconocimiento o valoración de actuaciones meritorias o logros sobresalientes obtenidos en los ámbitos del aprendizaje, actitudinal, investigativo, innovador o profesional.  Los estímulos e incentivos forman parte del Plan Nacional Integral de Bienestar de los Aprendices y de aquellos que, mediante alianzas o convenios, se adopten para beneficio de los aprendices, entre ellos están:

 

  • Recibir mención de honor por su proceso investigativo o innovador, durante su proceso de aprendizaje.

  • Ser postulado para realizar pasantía o intercambio nacional o internacional.

  • Ser designado como monitor de un tema específico en el cual demuestre competencia, en el programa de formación, en la especialidad y actividades de formación que requiera su aporte.

  • Cuando termine su proceso formativo y cumpla el perfil y requisitos necesarios para llegar ser instructor, formará parte del semillero de nuevos instructores del SENA, si así lo desea

  • Reconocimiento a los aprendices por parte del Comité Evaluación y Seguimiento que se han  destacado por su excelente desempeño académico y actitudinal, con copia a la hoja de vida del  aprendiz y empresa patrocinadora. Por la representación y participación destacada en eventos de aprendizaje, tecnológicos,  culturales, sociales y deportivos a nombre del SENA, el aprendiz podrá recibir reconocimiento, incentivo o distinción

 

DERECHOS

ARTÍCULO 7. El derecho es la potestad que tiene el aprendiz de gozar de libertades y oportunidadessin exclusión por razones de género, raza, origen familiar, discapacidad, nacionalidad,lengua, religión, opinión política o filosófica. Principalmente todas las personas tienen derechoa la educación y al desarrollo de su personalidad, garantizando a su vez, su desarrollo armónicoe integral.Son derechos del aprendiz SENA durante el proceso de aprendizaje:

1. Recibir formación profesional integral, acorde con el programa a desarrollar, y al crecimientoy desarrollo armónico de sus dimensiones humanas.

 

2. Recibir, al iniciar el proceso de formación a través de la inducción, la información acerca de lanaturaleza de la formación profesional integral, de la estructura, organización y funcionamientodel SENA, de la regional y centro, además de la proyección socioeconómica de la ocupación uoficio de su interés, donde estén incluidos contenidos de gestión tecnológica, conocimiento delentorno, aporte a la productividad y competitividad, la concertación de la ruta de aprendizaje,particularmente debe conocer el reglamento para aprendices de SENA y toda la regulación frentea sus derechos y deberes, al comportamiento y participación dentro de la comunidad educativa.

 

3. Disponer en el Centro de Formación de los recursos físicos, didácticos, técnicos, tecnológicosy bibliográficos requeridos para su proceso de formación, utilizar las instalaciones y ladotación del centro de formación o de otros ambientes educativos donde la entidad desarrolleacciones de formación, de acuerdo con la reglamentación respectiva. Para programas deformación con modalidad virtual el SENA dispondrá a través del ambiente los recursos requeridospara el desarrollo de la formación

 

4. Recibir en el momento de la legalización su matrícula, el carné que lo acredite como Aprendizdel SENA.

 

5. Disfrutar de los beneficios de bienestar al aprendiz SENA orientados a garantizar la formaciónintegral, conforme a la normatividad que rija este tema en el SENA.

 

6. Recibir por parte de la comunidad educativa orientación académica y actitudinal que estimuleel desarrollo personal y promueva la convivencia social.

 

7. Respetar el derecho al debido proceso en caso de ser investigado con observancia de lasnormas establecidas en este reglamento.

 

8. Ser escuchado y atendido en sus peticiones respetuosas, por parte de los directivos, Instructoresy personal administrativo, ante las dificultades que se puedan presentar en su proceso de formación.

 

9. Exigir alto nivel académico, estrategias y metodología basadas en la construcción interactivadel conocimiento y participar objetivamente en el mejoramiento continuo de los Instructores através de los procesos de evaluación.

 

10. Recibir la certificación que le corresponda, una vez aprobado en forma satisfactoria elprograma de formación

 

11. Ser evaluado objetiva e integralmente, con base en los criterios de evaluación y la ruta deaprendizaje. y a conocer, dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes, los resultados de lasevaluaciones, así como las diferentes novedades académicas, cuando estas ocurrieren, talescomo amonestación, sanción, suspensión o cancelación del registro de matrícula.

 

12. Solicitar, de manera respetuosa, la revisión de las evaluaciones correspondientes, si consideraque el resultado no es objetivo, siguiendo el procedimiento establecido en este Reglamento.

 

13. Recibir información acerca de las diferentes opciones para desarrollar la etapa productiva,los derechos y obligaciones para el desarrollo de la misma.

 

14. Recibir, por parte del Centro de Formación, asesoría académica e integral durante el procesode formación.

 

15. Recibir trato digno y respetuoso por parte de todos los integrantes de la Comunidad Educativa.

 

16. Expresar con libertad su pensamiento, conocimiento e ideas en el marco del respeto hacialos demás.

 

17. Recibir oportunamente los elementos de seguridad propios de su ocupación, para la protecciónde su integridad, en los ambientes de formación del SENA o de otras entidades y lugaresdonde se presente formación presencial. Los aprendices de las especialidades de construcción,deben recibir la dotación que el SENA les entrega por intermedio del Fondo de la Industria de la Construcción FIC.

 

ARTÍCULO 8°. Estímulos e incentivos. Son beneficios y distinciones que se otorgan a losaprendices, como reconocimiento o valoración de actuaciones meritorias o logros sobresalientesobtenidos en los ámbitos del aprendizaje, actitudinal, investigativo, innovador o profesional.Los estímulos e incentivos forman parte del Plan Nacional Integral de Bienestar de los Aprendicesy de aquellos que, mediante alianzas o convenios, se adopten para beneficio de los aprendices,entre ellos están:a. Recibir mención de honor por su proceso investigativo o innovador, durante su procesode aprendizaje.b. Ser postulado para realizar pasantía o intercambio nacional o internacional.c. Ser designado como monitor de un tema específico en el cual demuestre competencia, en elprograma de formación, en la especialidad y actividades de formación que requiera su aporte.d. Cuando termine su proceso formativo y cumpla el perfil y requisitos necesarios para llegarser instructor, formará parte del semillero de nuevos instructores del SENA, si así lo desea.e. Reconocimiento a los aprendices por parte del Comité Evaluación y Seguimiento que se handestacado por su excelente desempeño académico y actitudinal, con copia a la hoja de vida delaprendiz y empresa patrocinadora.Por la representación y participación destacada en eventos de aprendizaje, tecnológicos,culturales, sociales y deportivos a nombre del SENA, el aprendiz podrá recibir reconocimiento,incentivo o distinción.

DEBERES


ARTÍCULO 9°. Se entiende por deber, la obligación legal, social y moral que compromete a la persona a cumplir con determinada actuación, asumiendo con responsabilidad todos sus actos,
para propiciar la armonía, el respeto, la integración, el bienestar común, la sana convivencia, el servicio a los demás, la seguridad de las personas y de los bienes de la institución.
Son deberes del aprendiz SENA durante el proceso de ejecución de la formación, los siguientes:


1. Cumplir con todas las actividades propias de su proceso de aprendizaje o del plan de mejoramiento, definidas durante su etapa lectiva y productiva.


2. Respetar los derechos ajenos y no abusar de los propios.


3. Verificar en el sistema que sus datos básicos, se encuentren totalmente diligenciados y/o actualizarlos de acuerdo con el trámite administrativo correspondiente.


4. Participar en las actividades complementarias o de profundización, relacionadas con el programa de formación, con el fin de gestionar su proceso de aprendizaje.


5. Informar y hacer la solicitud, por escrito, al Coordinación Académico y registrar en el sistema de gestión de la formación oportunamente las solicitudes o novedades (Traslados, Aplazamiento, Retiro voluntario y Reingreso) que presente durante el proceso de aprendizaje, utilizando medios virtuales y/o físicos; para los programas de formación complementaria en modalidad virtual, realizar en los sistemas de información el retiro voluntario del programa o inscripción del mismo.


6. Si el trámite para la consecución de contrato de aprendizaje o de otra de las alternativas para el desarrollo de la etapa productiva, es realizado directamente por el aprendiz, éste deberá informar inmediatamente cuando esto ocurra, a los responsables de apoyar este proceso en el Centro de Formación.


7. Proteger los recursos culturales y naturales del país y velar por la conservación del ambiente sano, vinculándose, apoyando y/o colaborando en las acciones que adelante el Centro de Formación.


8. Acatar las decisiones contempladas en el Manual de Convivencia.


9. Asumir con responsabilidad su participación en las actividades programadas como salidas,
pasantías técnicas, intercambios de aprendices a nivel nacional e internacional, así como en las demás de carácter lúdico - pedagógico.

 

10. Hacer uso apropiado de los ambientes de aprendizaje (infraestructura, equipos, herramientas,
recursos didácticos, técnicos, tecnológicos, bibliográficos) disponibles para su proceso de
aprendizaje, asumiendo responsabilidad legal en situaciones de utilización inadecuada y uso
indebido, que deterioran los ambientes de aprendizaje y generan detrimento patrimonial.


11. Asistir a las reuniones que programe el Centro de Formación para seguimiento a las actividades
desarrolladas durante la etapa productiva. La no asistencia a estas reuniones debe justificarse mediante excusa comprobable.


12. Respetar los derechos de autor en los materiales, trabajos, proyectos y demás documentos generados por los grupos de trabajo o compañeros, y que hayan sido compartidos al interior de la Plataforma. Sin embargo, con la autorización de los creadores se puede hacer uso de cualquier material publicado, dando el crédito a quien generó la idea, a la fuente que se consultó o al recurso que referencia la información.


13. Conocer y asumir las políticas y directrices institucionales establecidas, así como el Reglamento del Aprendiz SENA, y convivir en comunidad de acuerdo con ellos.


14. Portar permanentemente y en lugar visible el carné que lo identifica como Aprendiz SENA, durante su proceso de aprendizaje, renovarlo de acuerdo con las disposiciones vigentes y devolverlo al finalizar el programa o cuando se presente retiro, aplazamiento o cancelación de la matrícula. En caso de pérdida de carné, el aprendiz debe formular la denuncia correspondiente,
tramitar el duplicado y cancelar el valor respectivo con base en la normatividad dada por Dirección General.


15. Utilizar la dotación o ropa de trabajo y los elementos de protección personal dispuestos en los ambientes de aprendizaje, observando las condiciones de prevención señaladas por el
Instructor o Tutor y organizarlos para ser utilizados exclusivamente en el ambiente de aprendizaje requerido.


16. Portar el uniforme de manera decorosa; dentro del Centro de Formación, en los ambientes donde se desarrollen actividades extracurriculares y entornos diferentes al académico. Así
como en el desarrollo de la etapa productiva, cuando la empresa patrocinadora lo exija.


17. Conservar y mantener en buen estado, orden y aseo, las instalaciones físicas, el material didáctico, equipos y herramientas de la entidad o que estén a cargo de ésta, respondiendo por los daños ocasionados a éstos intencionalmente o por descuido, debidamente comprobados.


18. Actuar siempre teniendo como base los principios y valores para la convivencia; obrar con honestidad, respeto, responsabilidad, lealtad, justicia, compañerismo y solidaridad con la totalidad de los integrantes de la comunidad educativa y expresarse con respeto, cultura y educación, en forma directa, a través de medios impresos o electrónicos que le facilita la
entidad (como foros de discusión, redes sociales, chat, correo electrónico, blogs y demás).


19. Hacer uso apropiado de los espacios de comunicación y respetar a los integrantes de la comunidad educativa, siendo solidario, tolerante y veraz en la información que se publique en
medios impresos o digitales; abstenerse de enviar material multimedia que contenga imágenes, videos, documentos o grabaciones que no sean objeto de las actividades de aprendizaje.


20. Informar al instructor, coordinador, directivo o personal de apoyo, cualquier irregularidad que comprometa el buen nombre y normal marcha del Centro de Formación de la entidad y de la
comunidad educativa, o que considere sospechosa dentro de la Institución y en los ambientes de aprendizaje, permitiendo una actuación oportuna, preventiva o correctiva.


21. Respetar la dignidad, intimidad e integridad de los miembros de la comunidad educativa SENA.


22. Respetar los bienes y elementos de propiedad de los integrantes de la comunidad educativa y del SENA.


23. Obrar conforme al principio del respeto de los derechos de los demás evitando realizar y/o apoyar actos que limiten y/o afecten a la comunidad educativa, como impedir el acceso a funcionarios
y aprendices a los centros de formación y demás instalaciones del SENA.


24. Presentar siempre las mejores condiciones de aseo y pulcritud personal.


25. Enaltecer y respetar los símbolos patrios e institucionales.


26. No usar expresiones grotescas en foros de discusión, mensajes, anuncios, correos tanto generales como en grupos de trabajo.


27. Cumplir a cabalidad la normatividad vigente del estado Colombiano en lo referente a delitos informáticos.


28. Denunciar tratos, propuestas, o actos inmorales de parte de cualquier funcionario y de cualquier miembro de la comunidad educativa 29. Suscribir al momento de asentar la matrícula el Acta de compromiso como Aprendiz SENA.


30. Verificar a través del Sistema Gestión Virtual de Aprendices, que el contrato de aprendizaje con la empresa patrocinadora se encuentre acorde al contrato físico firmado, y en caso de
encontrar inconsistencias reportarlo de forma inmediata a la Oficina de Promoción y Relaciones Corporativas de su Centro con la líder de contrato de aprendizaje.


PARÁGRAFO 1. Además de los deberes enunciados, el Aprendiz en formación con modalidad virtual y a distancia considerará las siguientes responsabilidades:


a. Acceder regularmente a los ambientes virtuales previstos para la formación y mantener una comunicación frecuente con el tutor.


b. Dedicar al proceso de aprendizaje las horas semanales señaladas para cada programa, que permitan dar cumplimiento a las horas establecidas, teniendo en cuenta el cronograma y metodología establecidos por el instructor- tutor.


c. Ingresar a la plataforma virtual, debidamente identificado con el respectivo código de acceso, personal e intransferible. El Usuario y la Contraseña suministrado al aprendiz por la Entidad,
para el acceso a la plataforma virtual son de uso personal exclusivo, por lo tanto no debe transferirse a otras personas. El mal uso de esta información es de su competencia directa y asumirá por ello las responsabilidades correspondientes.


d. Realizar personalmente las evaluaciones, investigaciones, actividades y prácticas de formación, haciendo uso de sus conocimientos, su esfuerzo personal, creatividad y autoría propia, absteniéndose de presentar como propios, escritos, documentos, ideas, o resultados que no sean de su autoría.


e. Participar en los foros de discusión y demás espacios de socialización del ambiente virtual, reconociendo, compartiendo y construyendo conocimiento con los integrantes de la comunidad
educativa, contribuyendo con el aporte de conocimientos y destrezas en la solución y propuesta de los temas del programa.
f. Respetar los comentarios o participaciones realizadas por los demás integrantes de la comunidad educativa.


g. Cumplir con los trabajos indicados por los Tutores, enviando puntualmente las actividades definidas en el cronograma del Programa.

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